Será la Comunidad de Propietarios la que deba pagar la reparación de la terraza a pesar de ser de uso privativo de un propietario, según una reciente Sentencia del Tribunal Supremo.
Los desperfectos en la terraza de uso privativo deberán ser abonados por la Comunidad de Propietarios y no por el vecino que tiene atribuido el uso.
Así lo ha estimado recientemente el Tribunal Supremo, que obliga a una Comunidad de Propietarios a abonar al propietario los gastos de reparación de la tela asfáltica de su terraza. La Sala Civil del Tribunal Supremo ha condenado a la comunidad de propietarios de un edificio de Getxo (Vizcaya) a sufragar los 11.209 euros que supuso el coste de la reparación de la tela asfáltica de aislamiento de la cubierta del edificio, que estaba originando filtraciones
Los gastos por las filtraciones de la tela asfáltica que se deban a un deterioro no provocado por falta de mantenimiento o mal uso del propietario deberán ser asumidos por la Comunidad de Propietarios.
Así, según un comunicado del poder judicial del pasado 29 de enero de 2024, el Tribunal Supremo establece en su Sentencia que:
-serán a cargo del propietario que tiene el uso de la terraza: reparaciones de mantenimiento del solado o pavimento.
-serán a cargo de la Comunidad de Propietarios: reparaciones que afecten a la estructura y construcción de la terraza como el forjado o impermeabilización (siempre que no sean por un mal uso o la falta de mantenimiento del propietario a que está atribuido el uso) así como la indemnización de los daños y perjuicios que hubiese originado el desperfecto.
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Reclamaciones por filtraciones.
Reclamaciones por desperfectos estructurales.
Reclamaciones por mal uso del edificio.
Reclamaciones por ruidos.