EL PERRO DE MI VECINO LADRA A TODAS HORAS ¿QUÉ PUEDO HACER?

EL PERRO DE MI VECINO LADRA A TODAS HORAS ¿QUÉ PUEDO HACER?

El perro de mi vecino ladra a todas horas ¿Qué puedo hacer? Los animales domésticos de nuestros vecinos pueden llegar a ser muy molestos y cuando un perro ladra a todas horas puede llegar a ser hasta perjudicial para la salud, sobre todo si ladra por la noche. En muchas ocasiones surge la duda sobre cómo se puede solucionar un problema de estas características.

LA ACCIÓN DE CESACIÓN DE LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Una de las vías que las comunidades de vecinas y vecinos tienen a su disposición para solucionar este problema es la acción de cesación de la Ley de Propiedad Horizontal.

Los vecinos y vecinas no pueden realizar actividades molestas, nocivas, insalubres o peligrosas y la comunidad puede tomar medidas en defensa de las buenas relaciones de vecindad.

Un perro que ladra a todas horas puede ser considerado como una actividad molesta, aunque siempre habrá que estar al caso concreto pues no quiere decir que siempre se vaya a considerar así.  La Presidenta o Presidente de la comunidad de vecinos y vecinas, por propia iniciativa o a petición de un vecino debe requerir al vecino que causa las molestias para que deje de hacerlo. Es una obligación de todos los propietarios y propietarias en la Comunidad de vecinos mantener unas relaciones cívicas con los residentes.

Si no deja de molestar, previo acuerdo de la Junta de vecinas y vecinos de la comunidad, representada por su presidenta o presidente, puede acudir al juzgado y solicitar a la autoridad judicial que ordene al vecino o vecina que deje de realizar la actividad molesta, en este caso, que haga lo necesario para que el animal doméstico deje de causar molestias a los vecinos.

Si el juzgado entiende que es una actividad molesta para la vecindad, ordenará al vecino que causa las molestias a que el deje de realizar la conducta molesta. Si el vecino o la vecina no lo hace, podrá ser castigado por un delito de desobediencia.

 

EL PERRO DE MI VECINO LADRA A TODAS HORAS ¿QUÉ PUEDO HACER?

LAS ORDENANZAS MUNICIPALES SOBRE TENENCIA Y CIRCULACIÓN DE ANIMALES DE COMPAÑÍA DE LA CIUDAD DE ZARAGOZA

Cuando te encuentras en una situación en la que te preguntas, El perro de mi vecino ladra a todas horas ¿Qué puedo hacer? otra solución es llamar a la Policía Local porque las ordenanzas municipales suelen regular estos supuestos. Por ejemplo, en la Ciudad de Zaragoza, sería de aplicación la Ordenanza Municipal sobre Tenencia y Circulación de Animales de Compañía de Zaragoza y la Ordenanza para la Protección contra ruidos y Vibraciones de Zaragoza.

La Ordenanza Municipal sobre Tenencia y Circulación de Animales de Compañía establece que la una de las condiciones para la tenencia de animales domésticos en viviendas urbanas es que no se causen molestias a los vecinos y a otras personas.

Por ello, la tenencia puede ser limitada por la autoridad municipal, sin perjuicio de las acciones judiciales que se puedan realizar en vía judicial conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Propiedad Horizontal (la acción de cesación).

Según la ordenanza, propietarios, propietarias y poseedores de animales de compañía están obligados a evitar todas aquellas molestias que los animales puedan causar al vecindario y en particular las consistentes en ruidos.

Una de las consecuencias de incumplir la ordenanza y causar molestias continuas puede llegar al desalojo de los animales de la vivienda.

Si se incumplen estas obligaciones de forma grave o el incumplimiento es persistente la administración municipal puede disponer el traslado de los animales a un establecimiento adecuado con cargo a los propietarios o poseedores de los gastos que se les originen, si perjuicio de otras responsabilidades (sanciones).

La Ordenanza Municipal sobre Tenencia y Circulación de Animales de Compañía de Zaragoza establece como infracción grave no adoptar las medidas que sean necesarias para evitar las molestias que los animales puedan ocasionar y que consistan en ladridos, aullidos, etc… aplicando en este caso el régimen sancionador de la Ordenanza para la Protección contra ruidos y Vibraciones.

LA ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RUIDOS Y VIBRACIONES DE LA CIUDAD DE ZARAGOZA

Según la Ordenanza para la Protección contra ruidos y Vibraciones de Zaragoza los sonidos emitidos desde las viviendas deben mantenerse dentro de los límites que exige la convivencia ciudadana y dentro de unos límites acústicos que oscilan entre los 27 y 45 decibélios, según horario, para las zonas residenciales.

Por ello, los propietarios o poseedores de animales de compañía en Zaragoza son los responsables de los ruidos producidos por sus animales si causan molestias al vecindario y si superan los límites acústicos establecidos.

Desde las 8.00 horas hasta las 22.00 horas en zonas residenciales el límite de ruido va desde los 40 a los 45 decibélios y desde las 22.00 horas hasta las 08.00 horas el límite comprende entre los 27 y 30 decibélios.

La Ordenanza para la Protección contra ruidos y Vibraciones de Zaragoza establece que dependiendo del nivel de ruido superado, las sanciones pueden llegar hasta los 1.800 Euros.

 

Zaira Milán Pablo, Abogada en Zaragoza

Zaira Milán Pablo, Abogada en Zaragoza

 

DESPACHO DE ABOGADOS DE DERECHO INMOBILIARIO EN ZARAGOZA

En nuestro Despacho de Abogados en Zaragoza especializado en Derecho Inmobiliario te ayudamos con los conflictos que puedas tener con tus vecinos, especialmente derivados de mascotas y otras actividades molestas, como por ejemplo:

  • Análisis Legal: evaluación la situación desde el punto de vista legal para determinar posibles acciones basadas en la Ley de Propiedad Horizontal y Ordenanzas Municipales y legislación sobre el y ruido.
  • Cartas de cese de acciones y desistimiento: redacción y envío de cartas formales y burofax solicitando al vecino o vecina que cese las actividades molestas, nocivas, insalubres o peligrosas, con referencia a las leyes aplicables.
  • Mediación Vecinal: proporcionamos asesoramiento sobre opciones de mediación para resolver conflictos de manera amistosa y evitar litigios innecesarios.
  • Ordenanzas Locales: investigación sobre las ordenanzas municipales relacionadas con ruido y otras actividades molestas para respaldar legalmente las quejas.
  • Notificaciones Legales: preparar y envío de notificaciones legales adecuadas, estableciendo claramente las acciones requeridas y las consecuencias legales en caso de incumplimiento.
  • Acciones Legales Específicas: inicio de acciones legales específicas según las circunstancias, como demandas por perturbación del disfrute pacífico de la propiedad.
  • Consejo sobre Pruebas Documentales: asesoramiento sobre la recopilación y presentación de pruebas documentales, como registros de ruido y comunicaciones con la vecina o vecino molesto.
  • Negociación de Acuerdos: facilitamos la negociación de acuerdos entre las partes para resolver el conflicto de manera justa y mutuamente beneficiosa.
  • Recursos de Arbitraje: explorar las opciones de arbitraje como una alternativa más rápida y menos costosa a los procedimientos judiciales tradicionales.
  • Representación y defensa en Juicio: en el caso de que sea necesario, llevamos a cabo la defensa legal en juicio de nuestras y nuestro clientes para proteger sus derechos y buscar compensación por las molestias sufridas.

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ZAIRA MILÁN PABLO · Abogada 5.158 del R.e.I.C.A.Z.
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