fianza alquiler arrendamiento aragon zaragoza

LA FIANZAS EN LOS ALQUILERES Y ARRENDAMIENTOS: ORIENTACIÓN LEGAL

Las fianzas en los alquileres y arrendamientos: evita problemas conociendo los aspectos fundamentales: la fianza del contrato de arrendamiento genera múltiples conflictos entre propietarios o propietarias e inquilinos o inquilinas, bien porque no se deposita legalmente, bien porque no se devuelve o porque se quiere compensar con otros gastos. Conoce todos los aspectos básicos de la fianza para exigir tus derechos sin dudar.

ACLARA TUS DUDAS: LA FIANZA EN CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO EXPLICADA

A la celebración del contrato de arrendamiento es obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico, en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en los alquileres para uso distinto del de vivienda.

Las partes del contrato de arrendamiento pueden pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico, por ejemplo, un aval.

fianza alquiler arrendamiento aragon zaragoza

LA ACTUALIZACIÓN DE LAS FIANZAS EN LOS ALQUILERES Y ARRENDAMIENTOS

Durante los cinco primeros años de duración del contrato de alquiler, la fianza no estará sujeta a actualización. Pero cada vez que el arrendamiento se prorrogue, el arrendador o arrendadora podrá exigir que la fianza sea incrementada, o la arrendataria o arrendatario que disminuya, hasta hacerse igual a una o dos mensualidades de la renta vigente, según proceda, al tiempo de la prórroga.

La actualización de la fianza durante el período de tiempo en que el plazo pactado para el arrendamiento exceda de cinco años, se regirá por lo estipulado al efecto por las partes. A falta de pacto específico, lo acordado sobre actualización de la renta se presumirá querido también para la actualización de la fianza.

El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución.

ALQUILERES SIN OBLIGACIÓN DE DEPOSITAR FIANZA

No tienen la obligación de prestar fianza en los contratos de arrendamiento las Administraciones Públicas, la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las entidades que integran la Administración Local, así como los organismos autónomos, entidades de derecho público y demás entes públicos dependientes de ellas, cuando la renta haya de ser satisfecha con cargo a sus respectivos presupuestos.

Los arrendamientos o subarriendos de temporada se exceptúan de la obligación de depósito.

¿CUANTO SE PAGA DE FIANZA EN UN ALQUILER O ARRENAMIENTO?

En la Comunidad Autónoma de Aragón, es obligatoria la exigencia y prestación de  la fianza del contrato de arrendamiento en las Unidades de Fianzas del Gobierno de Aragón para su depósito en los contratos y por los importes siguientes:

  • En el arrendamiento de vivienda, por el importe de una mensualidad de la renta pactada.
  • En el arrendamiento de viviendas amuebladas, por el importe de dos mensualidades de la renta pactada.
  • En el subarriendo parcial de vivienda, por el importe de la mitad de una mensualidad de la renta pactada en el contrato de arrendamiento.
  • En el arrendamiento de local de negocio, por el importe de dos mensualidades de la renta pactada.
  • En el subarriendo total de local de negocio, por el importe de dos mensualidades de la renta pactada en el contrato de arrendamiento.
  • En el subarriendo parcial de local de negocio, por el importe de la mitad de una mensualidad de la renta pactada en el contrato de arrendamiento.

¿DONDE SE DEPOSITA LA FIANZA Y QUIEN LO TIENE QUE HACER?

Las personas que están obligadas a depositar la fianza son los arrendadores o arrendadoras y las subarrendadora o subarrendadores de viviendas y locales de negocio.

El depósito de fianzas se deber realizar dentro del plazo de dos meses desde la celebración del contrato de arrendamiento y se debe acompañar copia del contrato. La recuperación de la fianza tendrá lugar una vez extinguido el contrato. De esta forma la unidad de fianzas devuelve el depósito a solicitud de cualquiera de los sujetos obligados, acompañada del justificante, en el plazo de quince días.

La forma de presentación puede ser de forma presencial o telemática a través de los registros electrónicos habilitados.

Las unidades de fianzas del Gobierno de Aragón se encuentran en los servicios provinciales competentes:

Zaragoza: Paseo María Agustín, 36
Huesca: Plaza Cervantes, 1
Teruel: San Francisco, 1

¿QUE OCURRE SI NO SE DEPOSITAN LAS FIANZAS DE LOS ARRENDAMIENTOS O ALQUILERES?

El incumplimiento de la obligación de depósito de las fianzas es una infracción grave que está sancionada con una multa entre 300 y 3.000 € y la competencia para la imposición de las sanciones establecidas en la presente Ley corresponderá al Gobierno de Aragón.

 

Zaira Milán Pablo, Abogada en Zaragoza

Zaira Milán Pablo, Abogada en Zaragoza

 

DESPACHO DE ABOGADOS EN ZARAGOZA ESPECIALIZADO EN DERECHO INMOBILIARIO

Para cualquier asunto relacionado con las fianzas en los alquileres y arrendamientos es imprescindible confiar en abogados y abogadas especialistas en Derecho Inmobiliario, para poder recibir un correcto asesoramiento y defensa, y el resto de servicios jurídicos relacionados con los contratos de arrendamiento y alquiler, como por ejemplo:

  • Asesoramiento jurídico legal:  para asegurar que tanto inquilinos e inquilinas como los propietarios y propietarias comprenden sus derechos y obligaciones en relación con las fianzas.
  • Revisión de contratos: examen técnico de los contratos de arrendamiento para garantizar que las cláusulas relacionadas con las fianzas sean claras, justas y cumplan con la legislación vigente.
  • Mediación y negociación: intervención en disputas, negociando términos equitativos y buscando soluciones amigables entre inquilinos o inquilinas y propietarios y propietarias antes de recurrir a procedimientos legales.
  • Recuperación de fianzas: en los casos de retención injustificada de la fianza, la abogada puede emprender acciones legales para garantizar su devolución y, si es necesario, representar al cliente en litigios en los juzgados y tribunales.
  • Litigación y procedimientos judiciales: en situaciones más complejas o conflictivas, la abogada puede defender y representar a sus clientes ante juzgados y tribunales, defendiendo sus intereses en disputas relacionadas con fianzas de alquiler.
  • Actualización legal: mantener a los clientes informados sobre los cambios en las leyes de arrendamiento y fianzas, asegurando que estén al tanto de cualquier nueva regulación que pueda afectar sus derechos.
  • Prevención jurídica: orientación proactiva para evitar problemas relacionados con fianzas, ayudando a los clientes a tomar decisiones informadas y prevenir posibles disputas.

CONSULTAS ONLINE SOBRE ALQUILERES Y ARRENDAMIENTOS

¿Quieres hacerme una pregunta sobre tu caso? Estoy aquí para ayudarte. Completa el formulario👇 y recibe mi asesoramiento profesional gratuito. Resolveré tus dudas de una manera rápida y confidencial.

ZAIRA MILÁN PABLO · Abogada 5.158 del R.e.I.C.A.Z.
Paseo Pamplona 1, 8 C · 50.004 ZARAGOZA
Teléfonos: 976221758626223549

info@abogadazaragoza.com