En nuestro despacho de abogados en Zaragoza prestamos asesoramiento, representación y defensa en todo tipo de asuntos relacionados con el Derecho de Herencias y Sucesiones, como por ejemplo:
Los trámites que deben hacerse para tramitar correctamente una herencia son numerosos y también son múltiples los factores que deben ser tenidos en cuenta para obtener los mejores resultados, tanto si existe testamento como si no. Si quiere tener la seguridad de que su herencia se tramita correcta y eficazmente nosotros podemos tramitarla por usted.
La aceptación de la herencia puede ser expresa o tácita, pura o a beneficio de inventario. Tenga en cuenta que la aceptación de la herencia será irrevocable una vez que la haya realizado y no se puede aceptar una parte de la herencia y rechazar otra, sujetar la aceptación a un plazo o someterla a condición. Si tiene dudas relacionadas con la aceptación o renuncia de su herencia podemos asesorarle acerca de que es lo que más le conviene.
La legítima es una porción de bienes de la que el testador no puede disponer porque la ley la reserva a determinados herederos, llamados herederos forzosos. El testador no puede privar a los herederos forzosos de su legítima sino en los casos expresamente determinados por la ley. Las disposiciones testamentarias que disminuyen la legítima de los herederos forzosos pueden reducirse si son inoficiosas o excesivas. Por ello, si el testador no ha respetado esta porción usted puede reclamarla judicialmente mientras no prescriba la acción para ello. No espere más tiempo y póngase en contacto con nosotros porque la acción puede prescribir.
El heredero es la persona que sucede al difunto a título universal, de manera general, en la titularidad de sus bienes, derechos y obligaciones. Usted puede ser heredero por disposición testamentaria o por disposición legal si así lo establece la Ley en función de su grado de parentesco con el fallecido. Si usted cree que es heredero y no han contado con usted, puede reclamar judicialmente que le declaren heredero y recibir la parte de la herencia que le corresponde.
El testamento es el acto por el cual usted declara su voluntad y manda que hacer respecto con sus bienes u otros asuntos que le atañen para después de su muerte y también recibe el mismo nombre el documento en el que se hace constar esta voluntad. Es un acto sujeto a una forma determinada para que sea válido y es esencialmente revocable. Por ello, aunque ya haya hecho un testamento puede volver a hacer otro.
El testamento admite muchas modalidades y ofrece una gran variedad de posibilidades para que usted diga como quiere que sea su herencia. Aproveche al máximo estas posibilidades, cuéntenos lo que usted quiere hacer y nosotros redactaremos su testamento. Además, tenga en cuenta que si desea que nadie conozca el contenido de su testamento puede hacer un testamento cerrado y también puede hacer un testamento ológrafo sin tener que acudir al notario.
La desheredación es la disposición testamentaria por la que se priva de su legítima a un heredero forzoso y solo se puede desheredar a un heredero forzoso por una serie de causas tasadas. La desheredación solo se puede hacer en testamento. Si quiere desheredar a un familiar es posible que no pueda hacerlo si no concurren las circunstancias previstas en la Ley. Sin embargo, en nuestro despacho de abogados podemos diseñar para usted un testamento gracias al cual no tendrá que dejar ningún bien ni ningún derecho al familiar al que pretende desheredar.
En nuestro despacho de abogados contamos con una amplia experiencia en el asesoramiento fiscal en el ámbito sucesorio. Realizamos numerosas liquidaciones del impuesto de sucesiones. Si no sabe como liquidarlo o prefiere que un profesional realice este trámite por usted póngase en contacto con nosotros. El plazo en el que hay que liquidar el impuesto de sucesiones es de seis meses desde el día del fallecimiento.
Si el impuesto no se liquida en este plazo y se realiza más tarde se generarán recargos y es posible cometer infracciones tributarias que generarán sanciones de contenido económico si no realiza la liquidación correctamente. Además, si le preocupa el importe que deberá ingresar en la Hacienda Pública, podemos realizar un estudio de su liquidación para asegurar que no tributa más de lo que le corresponde.
Si una persona fallecida le dejó un legado en testamento y los herederos o los sucesores del fallecido no le han entregado la cosa legada puede reclamar su entrega por vía judicial. Podemos representarle y entablar las acciones legales precisas en defensa de sus derechos, intentando previamente una solución amistosa con la otra parte.
Si está divorciado y desea asegurar que su patrimonio en el caso de que muera sea destinado realmente para cubrir las necesidades sus hijos y no desea que su ex pareja gestione el patrimonio de su herencia podemos diseñar un testamento con una serie de claúsulas por las cuales una tercera persona de su máxima confianza sea la que gestione su herencia hasta la mayoría de edad de sus hijos, estableciendo condiciones y previsiones importantes para usted, como estudios, emancipación de sus hijos o cualquier otra que valore positivamente.
El heredero al aceptar la herencia no solo asume los bienes pues también asume las deudas del fallecido y queda obligado desde la aceptación de la herencia al pago de las mismas incluso con los bienes que ya le pertenecían, salvo los límites que pueden derivarse de la aceptación de la herencia a beneficio de inventario.
Si un heredero repudia una herencia en perjuicio de sus propios acreedores estos podrán pedir al juez autorización para aceptar la herencia en su nombre. Podemos realizar los tramites necesarios y entablar las acciones precisas para que usted pueda cobrar sus deudas o el importe de sus créditos.